Recursos de evaluación

2025 Proceso y directrices de apelación de la evaluación

(Actualizado el 11 de febrero de 2025)

El proceso

Los siguientes pasos te ayudarán a completar el proceso para recurrir una evaluación.

1. Rellena la solicitud que aparece a continuación. Guarda tus entradas a medida que avanzas. Puedes cerrar el programa y volver a la solicitud. La solicitud sólo puede enviarse una vez completadas todas las entradas.

2. Una vez presentada, la solicitud se envía automáticamente al CFO Diocesano.

3. El CFO remite la solicitud a la Comisión de Evaluación, que puede ponerse en contacto con el solicitante para pedirle aclaraciones y/o información adicional.

4. Tras la revisión del Comité de Evaluación, se puede hacer una recomendación al Consejo Ejecutivo para que apruebe la exención.

5. Si se concede, el solicitante recibe una reducción en su evaluación que aparece como crédito en su declaración.

¡Inicia tu solicitud de Recurso de Evaluación!

Accede a la solicitud de Recurso de Evaluación e inicia el proceso hoy mismo.

El plazo de presentación finaliza el 30 de septiembre.

Las prórrogas NO están disponibles.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

¿Quién puede solicitar la desgravación fiscal?

Parroquias y misiones que han llevado a cabo campañas de recogida de promesas de contribución, han elaborado planes para hacer frente a costes superiores o gastos adicionales, han utilizado las reservas de forma razonable, han adoptado medidas de recorte de gastos y cuyos retos financieros no se deben principalmente a la disminución del número de miembros y/o de los ingresos.

¿Hay que devolver la ayuda?

No. La exención aprobada por el Consejo Ejecutivo es una condonación de la obligación de pagar la cuota designada.

¿Tenemos derecho a desgravación todos los años?

La desgravación fiscal está pensada para circunstancias extraordinarias y no recurrentes. La desgravación no puede concederse durante más de tres años consecutivos.

¿La desgravación es para el año en curso o para años futuros?

La exención, si se concede, es para el año en curso.

¿Cuál es el plazo para la solicitud?

30 de septiembre.

¿Se puede solicitar una prórroga?

No. Para que el Comité pueda examinar las candidaturas y hacer recomendaciones al Consejo Ejecutivo en la reunión de noviembre, el plazo es firme.